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El beneficiado o beneficiario es la persona que posee derecho a disfrutar del beneficio o rentas eclesiásticas y tiene la obligación de ejercerlo. Las rentas provenían de impuestos religiosos como los diezmos y las primicias o en cobros por el ejercicio del culto.
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Beneficiado servidero, cuando el beneficiario propio delegaba en otra persona o vicario.